La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el pago retroactivo de pensión alimenticia a partir del nacimiento al otorgar un amparo en un juicio de reconocimiento de paternidad y pago de manutención.
Con el voto de tres de sus cinco ministros, la Primera Sala del alto tribunal revocó una sentencia previa y amparó a una mujer que reclamó el derecho de su hija a recibir alimentos de manera retroactiva desde su nacimiento.
La obligación de proveer los alimentos a los hijos se genera a partir del reconocimiento de paternidad y es un deber «imprescriptible e insustituible» de ambos progenitores, señala la resolución.
Para definir la retroactividad se deberá tomar en cuenta el principio de proporcionalidad, si existió conocimiento previo del embarazo y/o nacimiento y la posición económica del deudor, señaló la Suprema Corte en un comunicado.
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