La fórmula de la Coca-Cola

Colaboraciones Enrique Martínez Sociedad

El derecho a la información es inalienable para todos los ciudadanos, según lo consagra el Artículo sexto de nuestra Carta Magna. Por este motivo, en los últimos años se han realizado grandes esfuerzos para garantizar el cumplimiento del precepto constitucional, sobre todo en lo referente a la información pública.

Las leyes secundarias en la materia, estatales y federales, así como los institutos nacional y locales encargados de su aplicación, también son responsables de la protección de los datos personales, bajo la premisa de que toda la información poseída por el gobierno debe ser pública, y privada la de los particulares.

Para ambos casos existen, o debieran existir, excepciones. Éstas, en el caso de los datos públicos, ya se encuentran plasmadas en las mismas leyes, en la forma de información confidencial y reservada. La primera es la que los particulares proporcionan con ese carácter a la autoridad. La segunda es aquella que no se hace pública por razones de seguridad nacional, de menoscabo en negociaciones internacionales, de posibilidad de pérdida de alguna vida, de
daño a la estabilidad económica del país o de riesgo en estrategias procesales, entre otros.

Tradicionalmente, los particulares cuidan con celo su información, sobre todo lo referente a los procedimientos exitosos de sus empresas: Sin duda, uno de los secretos más celosamente guardado en la historia de la humanidad es la fórmula de la Coca-Cola. Desde hace 149 años, cuando se descubrió, se han hecho infructuosos intentos por poseerla.

Sin embargo, recientemente los generadores de innovaciones han comenzado a desarrollar una tendencia: compartir sus descubrimientos e invenciones a través de sitios de Internet y foros de discusión, con el argumento de que el más inteligente del grupo no es más inteligente que el grupo como tal. Para que lo hagan así, las ganancias de esta metodología deben ser mayores a los riesgos del pirateo.

Esta derrama de conocimiento otorgada por las comunidades científicas virtuales está cambiando la dinámica de investigación y desarrollo de los países. ¡Bienvenida la publicidad de la información! Sí, pero siempre y cuando los poseedores de la misma estén de acuerdo.

La obtención ilegal e inmoral de información, desde un secreto comercial hasta la grabación de una conversación telefónica, debe castigarse severamente. De otra forma, nunca habitaremos ese tan anhelado estado de derecho pleno al que todos aspiramos llegar.