No a la utilización, sí a la exhibición de animales en los circos: Profepa

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Este miércoles 8 de julio entró en vigor la modificación a la Ley General de Vida Silvestre que prohíbe la utilización de animales en los circos. El titular de Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), Guillermo Haro Bélchez, aclaró que los cambios legales no obligan a los dueños de los circos a sacrificar a los animales, como aseguran algunos de estos propietarios, por lo que matarlos representa un delito grave.

De hecho, dejó claro que estos ejemplares de la vida silvestre deben conservarse, e incluso, exhibirse, sin someterlos a presiones o castigos como ocurría en esos espectáculos.

«De tal suerte que la adición al artículo 76 de la Ley general de la Vida Silvestre no prohíbe que los animales puedan conservarse para exhibición en los circos, eso está permitido, es inexacto la apreciación que hacen los dueños de los circos a través de su dirigente, en el sentido de darle un alcance mayor que la reforma no tiene. La reforma únicamente prohíbe, insiste, la presentación de animales de vida silvestre en los circos, en espectáculos públicos, de tal suerte que pueden conservarlos y exhibirlos en condiciones, evidentemente, que privilegien el trato digno y respetuoso».

El funcionario aseguró que hasta el momento no se tiene registro de sacrificio de animales como se ha difundido en las redes sociales. Hasta la fecha, hay ya 16 entidades del país, incluido el Distrito Federal en las que se prohíbe el uso de animales silvestres en circos, mientras que en el resto de las entidades falta adecuar sus legislaciones para que esta disposición entre en vigor.

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