Prescripción de estupefacientes de manera electrónica

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La Secretaría de Salud difunde los criterios para prescribir estupefacientes con receta y permisos especiales, que se obtendrán de manera electrónica, se informó en el espacio de López Dóriga. El profesional interesado podrá hacerlo ante la Cofepris, a través del Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios y cuando sea a través de un medio no electrónico, mediante el Centro Integral de Servicios (CIS) del mismo organismo.

«La COFEPRIS o las autoridades sanitarias estatales contarán con plazo no mayor a cinco días para la resolución del trámite «COFEPRIS-03-006-A Modalidad Primera Vez» y en un plazo no mayor a un día hábil al trámite «COFEPRIS-03-006-B Modalidad Subsecuente«.

La prescripción de estupefacientes con este recetario especial será para tratamientos no mayores de treinta días, y la cantidad máxima de unidades prescritas por día deberá ajustarse a las indicaciones terapéuticas del producto y las demás disposiciones vigentes aplicables a la prescripción.

Los recetarios especiales con código de barras autorizados por la Secretaría a través de Cofepris, el control en la emisión de las recetas, así como el uso del nombre del usuario y de la contraseña electrónica para el ingreso al Sistema Electrónico de Trámites Sanitarios son responsabilidad exclusiva del profesional, quien se obliga a dar el uso adecuado a los mismos.

Los establecimientos dedicados a la venta y suministro de estupefacientes podrán hacer uso del Portal de Servicios de la Cofepris solicitándolo a través de la página www.cofepris.gob.mx. En el artículo 234, Capítulo V de la Ley General de Salud se encuentra el listado de los fármacos considerados estupefacientes.

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